La Cámara de Diputados aprobó con 437 votos a favor una reforma al artículo 149 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal Federal, para fortalecer la seguridad de niñas, niños y adolescentes en materia de tráfico de contenidos de carácter pornográfico, reales o simulados.
El documento plantea en el artículo 149, elevar las multas por este concepto a 1500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), unos 130 mil pesos. También, señala que, al momento de cometer el delito difusión de contenido pornográfico infantil, quien cometa este ilícito será acreedor a una multa de hasta 7 mil UMA, es decir, 608 mil pesos, por cada día que el concesionario o medio impreso que se trate, siga difundiendo o mantenga disponibles estos contenidos o que tenga control, información, datos, imágenes o audios de ellos.
En cuanto a las reformas al Código Penal Federal, se reformó el artículo 200, para castigar a quien “trafique” con libros, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios, impresos, imágenes u objetos, de carácter pornográfico, reales o simulados, sea de manera física o a través de cualquier medio, y se le impondrá de 6 meses a 5 años de prisión y una multa equivalente a quinientos días, es decir, casi 62 mil pesos.
La iniciativa fue remitida al Senado de la República para su revisión y eventual modificación o aprobación.
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