Con el fin de castigar a quien se involucre en la producción, comercialización exhibición, distribución, reproducción o venda materiales con este tipo de contenido, la legisladora planteó modificar los preceptos 200 y 202 del citado código.
Argumentó que de acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR) y la Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas, se han detectado más de 12 mil 300 cuentas de Internet en el país que distribuyen fotos y videos que exhiben a niños explotados sexualmente.
Bautista Peláez señaló que esos datos ubican a México en el primer lugar a nivel mundial en difusión de pornografía infantil, según la clasificación realizada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y que a esa situación se suma el hecho de que 25 de los 32 estados no considera delito grave a la pornografía infantil.
Por ello, plantea considerar como delito grave la producción de pornografía infantil, a fin de que sea castigado con hasta 20 años de cárcel y sin derecho a fianza, así como aumentar la pena de 5 a 10 años de prisión y de 500 a mil días de multa a quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte a menores de edad, cualquier tipo de contenido pornográfico, ya sea de manera física o digital.
También propone aumentar de 10 a 15 años de prisión y de 2 mil a 5 mil días multa a quien colabore en la producción de pornografía infantil, así como a quien reproduzca, venda o compre cualquier tipo este de este material, pues estas actividades producen millones de pesos al año y quienes las cometen fácilmente salen con fianza.
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