El Tercer Tribunal Colegiado en materia Penal en la Ciudad de México confirmó el amparo concedido a Lozoya por el juez Octavo de Distrito en la materia con el que pretende que la FGR le entregue los registros que forman parte de la carpeta de investigación iniciada en su contra con número FED/SEIDF/UNAI-CDMX/000289/2019.
En dicha carpeta se le investiga como supuesto responsable de operaciones con recursos de procedencia ilícita y asociación delictuosa por la compra a sobreprecio de la planta de fertilizantes Agronitrogenados.
Desde el 30 de mayo y el 11 de junio de 2019, Lozoya presentó dos escritos ante la FGR mismos que no fueron respondidos por dicho organismo. Contra esto, tramitó el amparo en el que el ministerio público federal informó que el ex funcionario no forma parte en la carpeta de investigación debido a que no tiene reconocido algún carácter razón por la que no está obligado a responder sus escritos.
La juez Octavo de Distrito de Amparo en materia Penal evocó el derecho de petición y ordenó a la FGR responder los escritos de Lozoya.
Contra esta resolución la FGR impugnó, y el Tercer Tribunal Colegiado en materia Penal declaró firme la determinación de la juez.
«El agente del Ministerio Público parte de un supuesto equivocado, en tanto quiere hacer depender la emisión de la respuesta que debe darse a las peticiones del quejoso, en términos del artículo 8 constitucional, de la calidad que dicha parte tiene en la etapa de investigación inicial en el procedimiento penal de donde deriva el acto reclamado, o bien, de la supuesta improcedencia de lo que se solicita, cuando esas circunstancias, como ya se dijo, no pueden ni deben ser relevantes para incumplir con el derecho de petición», indicó el Colegiado.
En consecuencia, la FGR ya no cuenta con otro recurso para evitar responder a Lozoya, por lo que deberá hacerlo.
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