Termina controversia judicial contra Sanjuana Martínez por demanda de Jesús Ortega

En 2013, la periodista fue demandada por el ex dirigente nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Jesús Ortega, quien pidió, entre otras cosas, pago de indemnización por daño moral tras la publicación de trabajos periodísticos donde fue mencionado

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Sanjuana Martínez | Jesús Ortega

La controversia judicial contra Sanjuana Martínez terminó después de más de 4 años. En 2013, la periodista fue demandada por el ex dirigente nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Jesús Ortega, quien pidió, entre otras cosas, pago de indemnización por daño moral tras la publicación de trabajos periodísticos donde fue mencionado.

El proceso judicial significó un desgaste para la periodista, mismo que se agudizó ante las violaciones probadas a sus garantías procesales perpetradas por el Poder Judicial de la Ciudad de México. Más allá de la consecuencias económicas negativas que pudo tener sobre Martínez una eventual indemnización desproporcionada, el proceso en sí mismo se constituyó como una herramienta de hostigamiento judicial, pues es precisamente en sede judicial dónde no se garantizaron los derechos de la periodista.

ARTICLE 19 exhortó en diversas ocasiones a las y los jueces involucrados en esta demanda por daño moral, así como al propio Jesús Ortega que su actuar se apegara a los más altos estándares en materia de libertad de expresión para permitir un flujo constante de información de interés público.

En este sentido, ARTICLE 19 reconoce a Jesús Ortega la acción realizada a finales del año 2018 en beneficio de la libre expresión, al terminar por medio de convenio judicial la controversia que sostenía en contra de la periodista. Con este tipo de acciones se abona a la consecución de un Estado democrático de derecho.

ARTICLE 19 permanece firme en la exigencia de garantizar el libre flujo de información de interés público, por lo que hace un llamado a funcionarias y funcionarios públicos, así como a personas con proyección pública, a realizar todas las acciones pertinentes que garanticen la libre expresión de las ideas a través del ejercicio periodístico debiendo abstenerse de presentar demandas que puedan provocar la autocensura de las y los periodistas ante el temor de represalias legales.

Esta acción realizada por Ortega Martínez, debe ser replicada por aquellos funcionarios y funcionarias o personas con proyección pública que aún sostienen acciones legales en contra de las y los periodistas -tales como las demandas por daño moral- supuestamente ocasionadas con la publicación de información de interés público.

En caso de que los actores de demandas en contra de periodistas persistan en la insistencia de pretender la asfixia financiera y la censura, el Poder Judicial de la Federación así como los Poderes Judiciales Locales deben ser garantes del derecho a la información de la sociedad, así como del derecho a la libre expresión de las y los periodistas.

 
Entre Noticias | Artículo 19

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